ESTARÍA LISTO EL PROYECTO
El Ejecutivo Municipal habría concluido el proyecto que elevará al Concejo Deliberante de Tandil para que lo sancione y le de fuerza de ordenanza en el que detalla cuáles serán las multas que se aplicarán a aquellos que incumplan con las normativas destinadas a evitar el aumento de casos de Covid- 19.
12 de enero de 2021 13:01:00
El Ejecutivo Municipal habría concluido el proyecto que elevará al Concejo Deliberante de Tandil para que lo sancione y le de fuerza de ordenanza en el que detalla cuáles serán las multas que se aplicarán a aquellos que incumplan con las normativas destinadas a evitar el aumento de casos de Covid- 19.
El proyecto establecería que "quedan comprendidos en las disposiciones de la presente Ordenanza, y por ende, son susceptibles de las sanciones que por ella se establezcan, toda persona humana y/o jurídica, residente o no en el Partido de Tandil, que incurra dentro del ámbito territorial del mismo, en una o más conductas típicas de las definidas en los artículos siguientes, en concordancia con las disposiciones establecidas o a establecerse por el Departamento Ejecutivo municipal y los protocolos sanitarios y de funcionamiento aprobados o que en el futuro se aprueben por las distintas autoridades jurisdiccionales y que resulten de aplicación en el Partido de Tandil, sea por comisión de las prohibiciones determinadas o por omisión de los deberes impuestos para su cumplimiento".
"Las multas a establecerse por los Sres. Jueces de Faltas por infracción a la presente Ordenanza, se graduarán en unidades "SMVM" (Salario Mínimo Vital y Móvil municipal de referencia - art. 143 CCT nº 09/19), equivaliendo cada unidad SMVM a un salario bruto correspondiente a un trabajador municipal ingresante de agrupamiento administrativo, categoría 4, régimen de 30 horas semanales, y tendrán un mínimo de 02 (dos) SMVM y un máximo de 100 (cien) SMVM".
"Las clausuras a establecerse por los Sres. Jueces de Faltas por infracción a la presente Ordenanza, tendrán un máximo de 90 días, pudiendo prorrogarse por igual plazo si el responsable o titular no cumplimentare con las disposiciones reglamentarias que sus efectos establezca la autoridad de aplicación".
LAS MULTAS
1) Incumplimiento de aislamiento obligatorio y cualquier otra indicación epidemiológica, será sancionada con multa de entre 05 (cinco) y 30 (treinta) SMVM.
2) Realización de reuniones no permitidas, será sancionada/o con multa de entre 20 (veinte) y 100 (cien) SMVM. Si dicho evento se desarrollara en un local comercial con habilitación municipal, además será pasible de una clausura de hasta 90 días.
3) Incumplimiento al uso de aplicaciones móviles y demás herramientas tecnológicas dispuestas por la Autoridad de Aplicación: será sancionado con multa de entre 02 (dos) y 30 (treinta) SMVM y clausura de hasta 30 días.
4) Incumplimiento de medidas de prevención establecidas para actividades económicas, deportivas, artísticas, culturales, religiosas, sociales y de carácter análogo, serán sancionados con multa de entre 10 (diez) y 30 (treinta) SMVM y clausura de hasta 60 días.
5) Incumplimiento a las medidas de prevención y protocolos sanitarios y de funcionamiento para el desarrollo de la actividad comercial en restaurantes y bares y/o cualquier otra actividad similar permitida cualquiera sea su denominación: será sancionada con multa de entre 05 (cinco) y 50 (cincuenta) SMVM y clausura de hasta 90 días.
¿A qué se destinarán las Multas?
Según lo detallado por el ARTÍCULO 9° determina que "serán competentes para el juzgamiento de las infracciones dispuestas en la presente ordenanza y/o en las disposiciones que en el futuro la complementen, modifiquen y/o reemplacen, los Juzgados de Faltas municipales con competencia en el Partido de Tandil. A tal fin, se aplicará el procedimiento previsto en el Decreto-Ley 8.751/77, que rige el procedimiento en la Justicia de Faltas, sus actualizaciones, modificaciones y normas complementarias".
Además el proyecto explica que "el producido de las multas establecidas en el artículo 4º será destinado al financiamiento de las políticas públicas establecidas en materia sanitaria para evitar la propagación del coronavirus Covid-19 en el Partido de Tandil".
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